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Listo reglamento para liquidación de partidos

La actividad tiene objeto establecer en Michoacán las reglas relativas al procedimiento de liquidación de los partidos.

POR AMÉRICA JUÁREZ NAVARRO, DIARIO ABC DE MICHOACÁN, 17 DE JULIO DE 2024.

Morelia, Mich.- El Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), aprobó el Reglamento para la Prevención, Liquidación y Destino del Patrimonio de los partidos políticos locales, mismo que vigilará el proceso de extinción de los instituciones políticas.

La actividad tiene objeto establecer en Michoacán las reglas relativas al procedimiento de liquidación de los partidos que se encuentren en los supuestos de la pérdida de registro como partido político local ante este Instituto.

La consejera Marlene Arisbe Mendoza Díaz, sostuvo que se garantiza la legalidad y la transparencia en el cumplimiento oportuno y adecuado de las obligaciones y responsabilidades de los partidos políticos locales que se encuentran en alguno de los supuestos de pérdida del registro, con este reglamento.

«Salvaguarda en todo momento sus derechos, dotando, además, a la figura de la persona interventora, y nombrada anteriormente por este Consejo, de las reglas para el ejercicio óptimo de sus atribuciones, y cumplimiento de sus obligaciones», refirió.

A su vez la consejera del IEM, Araceli Gutierrez Cortés, manifestó que en esta etapa los partidos siguen recibiendo sus prerrogativas, y pueden seguir realizando algunas de sus funciones ordinarias como partidos políticos, con la diferencia de que el interventor está supervisando en que se gasta, como se gasta.

«En esta etapa, los partidos políticos pueden efectuar únicamente aquellas operaciones que, previa autorización del interventor, sean indispensables para su sostenimiento ordinario. Si se identificara algún manejo irregular de las cuentas, el interventor podría crear una cuenta bancaria para salvaguardar el recurso público», expuso.

Añadió que el reglamento da certeza en torno a todas las acciones que deberán realizarse en el marco del Proceso de liquidación de los partidos políticos que no alcancen el 3% la votación. Las atribuciones de cada una de las áreas, los tiempos para su ejecución. Y también deja claro, que en caso de elecciones extraordinarias en las que los partidos políticos en liquidación participen y que, como consecuencia de ello, tengan derecho a recibir financiamiento público para la obtención del voto, la persona responsable de finanzas del partido político deberá abrir una cuenta bancaria con requisitos muy específicos para recibir el financiamiento respectivo. Y la persona interventora supervisará el manejo de esta, para evitar un uso incorrecto.

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