jueves, julio 2, 2026
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INE aprueba remoción de cuatro consejeros del IEM

Por Saraí Rangel


Morelia, Mich.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó, por ocho votos a favor y tres en contra, la remoción de cuatro integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), incluido su presidente, Ignacio Hurtado Gómez, al considerar que incurrieron en una falta grave relacionada con el nombramiento del encargado de despacho del Órgano Interno de Control del organismo.

La resolución, sin embargo, aún no cobra efectos, por lo que los consejeros permanecen en funciones mientras el procedimiento sigue el cauce legal correspondiente.

Además de Hurtado Gómez, el INE determinó la remoción de los consejeros Juan Adolfo Montiel Hernández, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León y Claudia Marcela Carreño Sosa, derivado de una queja presentada por un ciudadano identificado en el expediente como «X».

Cabe señalar que el proyecto original contemplaba la remoción de 5 consejeros, sin embargo Silvia Verónica Mauricio Salazar renunció previamente al IEM, en tanto se celebraba la sesión del INE.

El origen del procedimiento se remonta a la decisión del Consejo General del IEM de designar a Alberto Olvera, integrante de la estructura interna del organismo, como encargado de despacho del Órgano Interno de Control. Para la mayoría del Consejo General del INE, dicho nombramiento constituyó una extralimitación de atribuciones, al invadir una facultad que corresponde exclusivamente al Congreso del Estado de Michoacán, mientras que al organismo electoral únicamente le compete emitir la convocatoria y desarrollar el procedimiento de selección de perfiles.

Durante la discusión, los ocho consejeros que respaldaron el proyecto sostuvieron que existió un consenso entre los integrantes del IEM para realizar un nombramiento fuera del marco legal, por lo que estimaron acreditada una violación grave al orden constitucional y legal que ameritaba la sanción de remoción.

En contraste, los tres consejeros que votaron en contra consideraron que la sanción resultaba desproporcionada y contradictoria, pues la decisión administrativa cuestionada no vulneró derechos de persona alguna, no causó afectaciones al desarrollo de un proceso electoral ni comprometió los principios rectores de la función electoral.

Asimismo, advirtieron que la medida representa un riesgo institucional debido a la cercanía de los preparativos del proceso electoral local de 2027, al dejar sin la mayoría de sus integrantes al máximo órgano de dirección del Instituto Electoral de Michoacán.

La resolución del INE constituye una de las sanciones más severas impuestas a un organismo público local electoral, al estimar que el Consejo General del IEM asumió una atribución reservada al Poder Legislativo estatal.

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